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Pensión no contributiva (PNC) de invalidez

Por · Publicado el 4 de julio de 2026

✅ Información contrastada con fuentes oficiales. Última revisión: 4 de julio de 2026.

Organismo
IMSERSO / órganos de las Comunidades Autónomas
Territorio
Toda España
Cuantía
8.803,20 €/año (628,80 €/mes, 14 pagas) en 2026; hasta 13.204,80 €/año con complemento de tercera persona
Plazo
Abierto todo el año
Grado mínimo
65% de discapacidad reconocida

Requisitos

  • Tener entre 18 y 64 años
  • Grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%
  • Residencia legal en España durante al menos 5 años, 2 de ellos consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud
  • Carencia de rentas: ingresos personales inferiores a 8.803,20 €/año en 2026 (con límites más altos si se convive con familiares)

Qué es

La pensión no contributiva de invalidez es una pensión mensual para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65% que no han cotizado (o no lo suficiente) a la Seguridad Social. No depende de tu vida laboral: depende del grado reconocido en el certificado de discapacidad y de que tus rentas estén por debajo del límite.

En 2026 la PNC ha subido con fuerza (alrededor de un 11%) porque, además de la revalorización general del 2,7%, se le aplica un incremento extra para acercarla al 75% del umbral de la pobreza.

Cuantías (2026)

SituaciónCuantía
Cuantía íntegra8.803,20 €/año (628,80 €/mes, 14 pagas)
Cuantía mínima (25%), con rentas propias o convivencia con otros perceptores2.200,80 €/año (157,20 €/mes)
Complemento de tercera persona (+50%), grado ≥75% con necesidad de otra persona+4.401,60 €/año (total: 13.204,80 €/año)

Si en la misma vivienda conviven varios beneficiarios de PNC, la cuantía individual se reduce (con 2 beneficiarios, 7.482,72 €/año cada uno; con 3, 7.042,56 €/año).

La PNC está exenta de IRPF y quien vive de alquiler puede pedir además un complemento de alquiler de 525 €/año.

Cómo se solicita

  1. Reúne el DNI, el certificado del grado de discapacidad (≥65%) y la documentación de ingresos de la unidad de convivencia.
  2. Presenta la solicitud en los servicios sociales o el órgano competente de tu Comunidad Autónoma (en Ceuta y Melilla, directamente en el IMSERSO), de forma presencial o telemática según la comunidad.
  3. El plazo está abierto todo el año y los efectos económicos empiezan el día 1 del mes siguiente a la solicitud: cuanto antes la presentes, antes cobras.

Lo que nos hubiera gustado saber

  • La PNC es compatible con trabajar: en 2026 se pueden compatibilizar rentas de trabajo hasta el límite de 16.003,20 €/año (IPREM + PNC), con reducción parcial de la pensión por encima de ciertos umbrales. Nadie nos lo dijo y mucha gente renuncia a un empleo por miedo a perderla.
  • El complemento del 50% por tercera persona no llega solo: hace falta que el certificado de discapacidad recoja expresamente la necesidad de concurso de tercera persona. Si crees que corresponde y no consta, pide revisión del grado.
  • Es incompatible con la asignación por hijo a cargo con discapacidad para la misma persona: cuando el hijo cumple 18 años hay que echar cuentas y elegir la que más convenga. Compara ambas en nuestro listado de ayudas.

Fuente oficial

Verifica siempre la información y tramita la solicitud en el canal oficial: https://imserso.es/pnc-prestaciones-subvenciones/pnc-invalidez