Testamento y herencia: dejar protegido a tu hijo
Es la pregunta que todos llevamos dentro: ¿qué pasará cuando yo no esté? Desde 2021 la ley ofrece herramientas potentes para responderla por escrito — y casi nadie las conoce. Esta sección las explica en el idioma de las familias, te ayuda a ordenar tus decisiones y te dice quién puede ejecutarlas.
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Responde a las preguntas clave —familia, patrimonio, decisiones— y llévate un dossier pre-testamentario imprimible para la cita con el notario. Todo se rellena en tu navegador: ningún dato sale de tu dispositivo.
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Entiende cada pieza: las guías
- El testamento cuando tienes un hijo con discapacidad: la guía para dejarlo todo atado
Cómo hacer un testamento que garantice el día a día de tu hijo con discapacidad cuando tú no estés: sustitución fideicomisaria, derecho de habitación, patrimonio protegido, quién gestiona, quién vigila y cómo blindarlo frente a aprovechados.
- Si tu testamento es anterior a septiembre de 2021, revísalo: la sustitución ejemplar ya no existe
La Ley 8/2021 suprimió la sustitución ejemplar, la fórmula con la que miles de familias dejaban ordenado quién heredaría a su hijo con discapacidad. Qué pasa ahora con esos testamentos, qué efecto conservan y cómo se arregla.
- Quién gestiona el dinero y quién cuida de la persona: administrador y curador no son lo mismo
El testamento permite separar dos papeles que solemos mezclar: el administrador de los bienes heredados (artículo 252 del Código Civil) y el curador que apoya a la persona en sus decisiones. Por qué separarlos protege más y cómo se deja escrito.
- Dejarle más herencia a tu hijo con discapacidad: el artículo 808 y el fideicomiso de residuo, explicados
La ley permite concentrar la herencia en el hijo con discapacidad, incluso la parte de sus hermanos, a cambio de una regla: lo que no gaste volverá a ellos. Cómo funciona la sustitución fideicomisaria de residuo, qué puede hacer tu hijo con esos bienes y dónde están los límites.
- Impuesto de sucesiones en Andalucía cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
Andalucía combina una reducción de un millón de euros por parentesco, otra de 250.000 o 500.000 por discapacidad y una bonificación del 99% en la cuota. Resultado: la herencia de padres a hijos llega casi entera — si se presenta en plazo.
- Impuesto de sucesiones en Asturias cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
Asturias no tiene bonificación general: su alivio es una reducción de 300.000 euros para la familia directa más las reducciones estatales por discapacidad. Cómo funciona, cuándo se paga de verdad y dónde está la letra pequeña.
- Impuesto de sucesiones en Canarias cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
Canarias bonifica el 99,9% de la cuota — y no solo a la familia directa: también a los hermanos. Con reducciones de 72.000 o 400.000 euros por discapacidad, la herencia llega prácticamente entera. Lo que hay que saber igualmente.
- Impuesto de sucesiones en Cantabria cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
Cantabria bonifica el 100% de la cuota a la familia directa y el 50% a los hermanos, suma reducciones de 50.000 o 200.000 euros por discapacidad — y trata como a un hijo al curador o guardador del causante con discapacidad. Cómo se apila todo.
- Impuesto de sucesiones en Castilla-La Mancha cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
Castilla-La Mancha funciona con bonificaciones escalonadas del 100% al 80% para la familia directa, una reducción de 125.000 o 225.000 euros por discapacidad y un 95% extra de bonificación con grado del 65%. Cómo se apilan y dónde está la letra pequeña.
- Impuesto de sucesiones en Castilla y León cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
Castilla y León apila una reducción variable de hasta 400.000 euros para familia directa, otra de 125.000 o 225.000 por discapacidad y una bonificación del 99% en la cuota. La herencia de padres a hijos llega casi entera — si se presenta en plazo.
- Impuesto de sucesiones en la Comunitat Valenciana con un hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
Desde 2023 la Comunitat bonifica el 99% de la cuota a hijos, padres y cónyuge — y también a las personas con discapacidad hereden de quien hereden. Con las reducciones de 120.000 o 240.000 €, la herencia llega casi entera. Las claves y el plazo.
- Impuesto de sucesiones en Extremadura cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
Extremadura apila 500.000 euros de reducción por parentesco, hasta 180.000 más por discapacidad y una bonificación del 99% — pero el 99% solo se aplica si se presenta en plazo. Y su Registro de Personas con Especial Vinculación es único en España.
- Impuesto de sucesiones en La Rioja cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
La Rioja aplica una deducción del 99% de la cuota a la familia directa sin límite de base desde 2024 — y desde 2025 la extiende a quien haya convivido quince años con el fallecido, sea o no familia. Qué significa para un hijo con discapacidad.
- Impuesto de sucesiones en Madrid cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
En la Comunidad de Madrid, un hijo que hereda de sus padres tiene bonificación del 99% y, si tiene discapacidad reconocida, una reducción extra de 55.000 o 153.000 €. Resultado práctico: casi nada — pero hay que presentar el impuesto igualmente, y en plazo.
- Impuesto de sucesiones en la Región de Murcia cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
Murcia va directa al grano: bonificación del 99% de la cuota para la familia directa, sin grandes reducciones autonómicas previas. Qué significa para un hijo con discapacidad, qué reducciones estatales se aplican y dónde está la letra pequeña.
- El testamento cuando tienes un hijo con discapacidad: lo que cambió en 2021 y por qué el tuyo puede estar caducado
La Ley 8/2021 cambió las reglas del juego: ya no existe la incapacitación, ni la tutela para adultos, ni la sustitución ejemplar. Si tu testamento es anterior a septiembre de 2021 —o no tienes—, esta guía te explica por dónde empezar.
- El albacea contador-partidor: la figura que evita que la herencia se atasque en el juzgado
Cuando el hermano que apoya a tu hijo con discapacidad es también su coheredero, la ley ve un conflicto de intereses y mete a la herencia en un expediente judicial. Nombrar un contador-partidor en el testamento lo evita de raíz. Cómo funciona.
- Cuánto cuesta de verdad el plan de protección: testamento, escrituras, abogado y lo que es gratis
El miedo al coste paraliza a más familias que la complejidad jurídica — y es el miedo más infundado de todos: el plan básico completo cuesta menos que una ITV. Precios orientativos pieza a pieza, lo que es gratis, y las ayudas para pagar lo que no lo es.
- La casa de tu hijo: el derecho de habitación del artículo 822, explicado
El Código Civil permite blindar el techo de tu hijo con discapacidad: un derecho de habitación que no computa en las legítimas y que incluso nace solo si no lo dejas escrito. Cómo funciona, qué no permite hacer y cuándo puede no convenir.
- Elegir fundación para tu hijo: tutelar, de apoyos, entidad pública — qué hace cada una y cómo se elige
Si la familia no podrá asumir los apoyos, una fundación puede hacerlo — pero «fundación tutelar», «de apoyos» y «entidad pública» no son lo mismo, y la elección se prepara años antes. Qué hace cada figura, qué preguntar y cómo dejarlo atado en el testamento.
- Impuesto de sucesiones en Aragón cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
Aragón tiene la regla más potente de España para nuestro caso: con un grado del 65% o más, la reducción es del 100% de la base — cuota cero, herede lo que herede. Y para el resto de la familia, 100% hasta 500.000 euros. Verificado contra el BOE.
- Impuesto de sucesiones en Baleares cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
Baleares bonifica el 100% de la cuota a la familia directa desde 2023 — con una condición sobre el valor declarado de los inmuebles — y su reducción por discapacidad psíquica arranca en 300.000 euros ya desde el 33% de grado. Los números verificados en la ATIB.
- Impuesto de sucesiones en Cataluña cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
Cataluña combina reducciones por discapacidad de 275.000 o 650.000 euros con bonificaciones por tramos que bajan del 99% al 20% — y una trampa: si aplicas ciertas reducciones, la bonificación se reduce a la mitad. Los números verificados y la letra pequeña.
- Impuesto de sucesiones en Galicia cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
Galicia da un millón de euros de reducción a la familia directa y, por discapacidad, 150.000, 300.000 o incluso el 100% de la base según el grado. Con los pactos sucesorios gallegos como pieza propia, así queda la herencia de un hijo con discapacidad.
- Impuesto de sucesiones en Navarra cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
Navarra funciona con tarifas propias, no con bonificaciones: 0% hasta 250.000 euros para hijos y cónyuge, reducción de 60.000 o 180.000 por discapacidad, y la dependencia — en cualquier grado — equiparada al 65%. Verificado contra el texto foral en el BOE.
- Impuesto de sucesiones en el País Vasco cuando hereda tu hijo con discapacidad: Bizkaia, Gipuzkoa y Álava, lo que se paga de verdad
En Euskadi el impuesto es de cada territorio histórico: en los tres, los primeros 400.000 euros que hereda un hijo no pagan y el resto tributa al 1,5%, pero la reducción por discapacidad cambia: se suma en Bizkaia y Gipuzkoa y NO se acumula en Álava. Verificado en las tres haciendas forales.
- El manual del día después: qué hacer, en qué orden y con qué papeles cuando faltan los padres
La guía paso a paso para quien tenga que ejecutar el plan — familia, albacea, curador o fundación: los trámites en orden, los plazos que corren, el papel exacto que pide cada ventanilla y los bloqueos típicos. Para que la persona con discapacidad no espere ni un día más de lo necesario.
- El patrimonio protegido y el testamento: cómo encajan (y la trampa de administradores que casi nadie prevé)
El patrimonio protegido y el testamento se diseñan por separado y demasiadas familias no los conectan: administradores que no se heredan, un remanente que acaba en la sucesión intestada y ventajas fiscales con umbrales concretos. Cómo unir las dos piezas.
- Padres separados y el testamento del hijo con discapacidad: dos herencias, un solo plan
La separación no rompe el plan de protección — lo duplica: dos testamentos, dos herencias y decisiones que ya no se toman juntos. Qué puede hacer cada progenitor por su cuenta, qué conviene coordinar aunque la relación sea mala, y cómo queda protegido vuestro hijo en cada escenario.
- Hijo único con discapacidad: por qué vuestro testamento es distinto (y más difícil)
Sin hermanos, la herramienta estrella —el fideicomiso del artículo 808— no funciona: la legítima del hijo único no se puede gravar. Qué pasa entonces con lo que no gaste, y las estrategias que sí caben: consunción, administrador del 252 y su propio testamento.
- El testamento para tu hijo con discapacidad en Cataluña: las reglas son otras (y juegan a tu favor)
En Cataluña la legítima es un cuarto y se paga en dinero, el fideicomiso no necesita el 808, hay cláusula nativa contra la intestada, la figura de apoyo es la asistencia y el patrimonio protegido catalán revierte a la familia por defecto. La guía civil, pieza a pieza.
- Fundación tutelar pública o familiar: lo que cuentan cientos de reseñas
Hemos leído las opiniones de las fundaciones tutelares de toda España y el resultado se repite comunidad tras comunidad: las entidades a las que se llega por derivación judicial puntúan entre 1,8 y 3,1; las nacidas del movimiento familiar, entre 4,3 y 4,9. Qué significa y qué puedes hacer a tiempo.
La sección sigue creciendo: las guías civiles de los territorios con derecho propio (Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Baleares y Galicia) llegarán una a una, validadas por profesionales de cada territorio. La primera —la catalana— ya está redactada y hemos solicitado su revisión profesional: estamos a la espera de respuesta. Si eres profesional del derecho y quieres revisar alguna, escríbenos. Las novedades llegan también por el boletín — y si ya habéis recorrido este camino, contadnos vuestra experiencia (es anónimo).