Impuesto de sucesiones en Baleares cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
📖 ¿Alguna palabra rara por el camino? Está explicada sin jerga en el glosario en llano.
Antes de los números, el aviso importante: Baleares tiene derecho civil propio, con reglas distintas por isla y con pactos sucesorios propios (la definición mallorquina, el finiquito de legítima) que permiten ordenar la herencia en vida. Las guías civiles de esta sección describen el derecho común; la balear llegará validada por un profesional del territorio. Esta página cubre solo el impuesto, verificado contra la ATIB.
La pieza central: bonificación del 100% desde 2023
Los hijos —de cualquier edad—, nietos, cónyuge y padres (grupos I y II) aplican una bonificación del 100% de la cuota en las herencias y, por asimilación, en los pactos sucesorios (Ley 11/2023, con efectos desde julio de 2023). Los hermanos y demás colaterales cercanos tienen la suya: del 50%, elevada al 60% desde julio de 2025.
La condición que no hay que saltarse: si en la herencia hay inmuebles, para aplicar la bonificación deben declararse al menos por su valor de referencia (o valor de mercado si no lo tienen). Declarar de menos por ahorrar sale carísimo: puede costar la bonificación entera.
La reducción por discapacidad: la psíquica, en cabeza
Baleares distingue por tipo de discapacidad, y su regla es de las mejores de España para nuestras familias:
- Discapacidad psíquica (intelectual o del desarrollo) desde el 33%: reducción de 300.000 €.
- Física o sensorial del 33% al 64%: 48.000 €.
- Física o sensorial del 65% o más: 300.000 €.
Un hijo con discapacidad intelectual y grado del 33% ya tiene los 300.000 — donde casi todas las comunidades le darían la cifra baja. Con la bonificación del 100% detrás, en la práctica es un doble seguro. Y como siempre: sin grado reconocido no hay reducción — el simulador os avisa si está en trámite.
La cuenta rápida
Tu hijo, con discapacidad intelectual y un 45% reconocido, hereda 500.000 € con un piso incluido. Se declara el piso por su valor de referencia, se presenta en plazo: reducción de 300.000 + parentesco, y de la cuota resultante, bonificación del 100%: paga cero. Presentar bien es todo el juego.
Lo que sí importa: presentar, y en plazo (y con los valores bien puestos)
Plazo general de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable si se pide a tiempo. En Baleares la presentación correcta no es solo evitar recargos: es la condición de la bonificación — valores de referencia respetados y papeles completos. Primerísimo trámite del calendario del albacea.
El matiz de siempre
Las cifras caducan. Las de esta guía están verificadas contra las páginas oficiales de la ATIB a 15 de agosto de 2026 (normativa: Decreto Legislativo 1/2014, modificado por la Ley 11/2023 y consolidado por la Ley 6/2025). Antes de liquidar, comprobad la fuente al pie.
Y el recordatorio fijo de la sección, con doble motivo: esto orienta, no liquida — y el derecho civil balear (legítimas por isla, pactos sucesorios) cambia el diseño del testamento. Profesional del territorio, obligatorio, sí o sí.