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Impuesto de sucesiones en Castilla y León cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad

Por · Publicado el 14 de agosto de 2026

✅ Información contrastada con fuentes oficiales. Última revisión: 14 de agosto de 2026.

📖 ¿Alguna palabra rara por el camino? Está explicada sin jerga en el glosario en llano.

Si vivís en Castilla y León y estáis planificando el testamento pensando en vuestro hijo con discapacidad, la parte fiscal os va a dar pocos sustos: la comunidad apila tres capas de alivio que, juntas, dejan la herencia de padres a hijos prácticamente libre de impuesto. Conviene entender cómo encajan, porque una depende de un papel que hay que tener en regla: el grado de discapacidad.

Capa 1: la reducción variable de hasta 400.000 euros

Los hijos —de cualquier edad—, nietos, cónyuge y padres pueden restar de la base una reducción variable que garantiza, como mínimo, 400.000 euros por heredero: se calcula como la diferencia entre esa cifra y el resto de reducciones que le correspondan, incluidas las de parentesco. Para la mayoría de las familias, esto solo ya deja el impuesto en cero.

Capa 2: la reducción por discapacidad

Si tu hijo tiene el grado reconocido, se añade otra reducción:

  • 125.000 € con grado igual o superior al 33% e inferior al 65%.
  • 225.000 € con grado igual o superior al 65%.

Como en todas partes: sin reconocimiento oficial del grado no hay reducción. Si aún está en trámite, es una razón más para moverlo — el simulador os lo marca como aviso.

Capa 3: la bonificación del 99%

Y si tras las reducciones aún quedara cuota —hablamos ya de herencias grandes—, la familia directa (hijos, nietos, cónyuge, padres) aplica además una bonificación del 99% de la cuota, también sobre las cantidades de los seguros de vida. Tres redes, una debajo de otra.

La cuenta rápida

Tu hijo, con un 65% reconocido, hereda 500.000 €. Reducción por discapacidad: 225.000. Reducción variable: la diferencia hasta 400.000, es decir, 175.000 más. Quedan 100.000 € de base; de la cuota que salga, el 99% está bonificado. Resultado: una cantidad simbólica.

El extra que pocas comunidades tienen: las donaciones al patrimonio protegido

Castilla y León permite reducir el 100% de lo donado al patrimonio protegido de una persona con discapacidad (la parte no exenta en el IRPF), con un límite de 60.000 euros. Si estáis pensando en ir pasando bienes en vida en lugar de esperar a la herencia, esta pieza merece una conversación con el profesional que os lleve el plan.

Lo que sí importa: presentar, y en plazo

Cuota simbólica no significa no presentar. El plazo general es de seis meses desde el fallecimiento, con prórroga si se pide a tiempo. Además, la autoliquidación presentada es el papel que luego exigen el banco y el Registro para entregar y escriturar lo heredado. Primer trámite del calendario del albacea.

Dos matices para nuestra situación

  1. Si el heredero no es familia directa —hermanos o sobrinos como fideicomisarios de un fideicomiso de residuo—, ni la reducción variable ni la bonificación del 99% les alcanzan igual: tributan con sus propias reglas, bastante menos generosas.
  2. Las cifras caducan. Las de esta guía están verificadas contra las páginas oficiales de Tributos de la Junta de Castilla y León a 14 de agosto de 2026. Antes de liquidar, comprobad la fuente al pie.

Y el recordatorio fijo de la sección: esto orienta, no liquida. Una herencia real con discapacidad tiene piezas —ajuar, seguros, vivienda, empresa familiar— que debe revisar un profesional antes de firmar nada. Obligatorio, sí o sí.

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