Impuesto de sucesiones en Navarra cuando hereda tu hijo con discapacidad: lo que pagará de verdad
📖 ¿Alguna palabra rara por el camino? Está explicada sin jerga en el glosario en llano.
Antes de los números, el aviso importante: Navarra es régimen foral pleno — tiene su propio impuesto de sucesiones (aquí no rige la ley estatal) y su propio derecho civil, con libertad casi total de testar: la legítima navarra es formal, sin contenido económico obligatorio. Eso hace que las guías civiles de derecho común de esta sección apliquen aún menos que en otros territorios forales. La guía civil navarra llegará validada por un profesional del territorio; esta página cubre solo el impuesto, verificado contra el texto refundido consolidado en el BOE.
Cómo funciona: tarifas, no bonificaciones
Navarra no descuenta al final — grava distinto desde el principio, según el parentesco:
- Cónyuge o pareja estable: 0% hasta 250.000 € de base; 0,8% sobre el resto. Casi simbólico siempre.
- Hijos, nietos y padres (línea recta): 0% hasta 250.000 €; a partir de ahí, tarifa progresiva del 2% al 16% (2% en los siguientes 250.000, 4% después…).
Una herencia de hijo de 250.000 € paga cero; una de 500.000, unos 5.000 € — cifras contenidas, pero no simbólicas en herencias grandes: en eso Navarra se parece más a Asturias que a sus vecinas del 99%.
La reducción por discapacidad (artículo 32 bis)
Antes de la tarifa, la base se reduce si el heredero acredita el grado:
- 60.000 € con grado igual o superior al 33% e inferior al 65%.
- 180.000 € con grado igual o superior al 65%.
Y un detalle navarro valiosísimo para nuestras familias: la dependencia reconocida, en cualquiera de sus grados, se equipara al 65% de discapacidad — igual que la incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. Si vuestro hijo tiene resolución de dependencia pero el grado de discapacidad aún en trámite, aquí eso ya cuenta.
La cuenta rápida
Tu hijo, con un 65% reconocido (o dependencia de cualquier grado), hereda 400.000 €. Reducción: 180.000. Quedan 220.000 de base — por debajo del umbral de 250.000: tramo del 0%, cuota cero. La combinación reducción + primer tramo a 0% cubre la gran mayoría de los casos reales.
Lo que sí importa: presentar, y en plazo
El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, con prórroga posible, ante la Hacienda Foral de Navarra — no ante la agencia estatal ni otra autonómica. La autoliquidación es el papel que exigen el banco y el Registro. Primer trámite del calendario del albacea.
El matiz de siempre
Las cifras caducan. Las de esta guía están verificadas contra el texto refundido navarro consolidado en el BOE a 15 de agosto de 2026. Antes de liquidar, comprobad la fuente al pie.
Y el recordatorio fijo de la sección, aquí más que en ningún otro territorio: esto orienta, no liquida — y la libertad de testar navarra hace que el diseño civil del testamento sea otro mundo, con más margen y también más responsabilidad. Profesional del territorio, obligatorio, sí o sí.
Fuentes oficiales
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