Prestación de asistencia personal (PEAP) y vinculada al servicio (PEVS)
- Organismo
- Comunidades Autónomas (SAAD) / IMSERSO
- Territorio
- Toda España
- Cuantía
- Máximos estatales PEAP/PEVS: 313,50 €/mes (grado I), 445,25 €/mes (grado II), 747,25 €/mes (grado III); hasta 9.859 €/mes en grado III+
- Plazo
- Abierto todo el año
Requisitos
- Tener reconocida la situación de dependencia (grado I, II, III o III+) mediante valoración de la Comunidad Autónoma
- Que el PIA (Programa Individual de Atención) determine la prestación
- PEAP: contratar un asistente personal con alta en la Seguridad Social
- PEVS: acreditar el gasto en un servicio privado cuando no hay plaza pública disponible
Qué es
Dentro de la Ley de Dependencia (Ley 39/2006) hay dos prestaciones económicas que suelen confundirse y conviene distinguir:
- PEAP (asistencia personal): dinero para contratar un asistente personal que apoye a la persona en su vida diaria, estudios o trabajo, con el objetivo de ganar autonomía. El asistente debe estar dado de alta en la Seguridad Social.
- PEVS (vinculada al servicio): dinero para pagar un servicio privado (residencia, centro de día, ayuda a domicilio) cuando la administración no puede ofrecer plaza pública.
Ambas las reconocen y pagan las Comunidades Autónomas tras la valoración de dependencia y el PIA. Si aún no habéis empezado ese proceso, aquí explicamos la etapa de dependencia paso a paso.
Cuantías
Máximos estatales vigentes en 2026 para PEAP y PEVS (RD 675/2023, sin revalorización general desde su entrada en vigor en agosto de 2023):
| Grado de dependencia | Máximo mensual |
|---|---|
| Grado I | 313,50 € |
| Grado II | 445,25 € |
| Grado III | 747,25 € |
El importe real depende de la capacidad económica del beneficiario (copago) y de la dedicación o intensidad del servicio; existen también cuantías mínimas fijadas por el mismo real decreto, y hay comunidades que pagan por encima del máximo estatal.
Novedad 2026: el Real Decreto-ley 17/2026, de 23 de junio, crea el grado III+ de “dependencia extrema” para situaciones de especial complejidad (por ejemplo, ELA), con cuantías máximas específicas para PEVS y PEAP de hasta 9.859 €/mes, ampliables hasta 14.788,50 € según la intensidad del PIA, y un nivel mínimo estatal de 4.930 €/mes.
Cómo se solicita
- Pide la valoración de dependencia en los servicios sociales de tu Comunidad Autónoma; el plazo está abierto todo el año.
- En la elaboración del PIA, plantea expresamente la PEAP o la PEVS: si no la pides, lo habitual es que te ofrezcan el catálogo de servicios estándar.
- Para la PEAP, formaliza el contrato del asistente personal (con alta en Seguridad Social); para la PEVS, guarda las facturas del servicio privado, porque se justifica el gasto.
Lo que nos hubiera gustado saber
- La PEAP es la gran infrautilizada del sistema: para estudiantes y personas que trabajan puede ser la diferencia entre depender de la familia y tener vida propia. Si el equipo de valoración no la menciona, pídela tú por escrito en el trámite del PIA.
- Estas prestaciones están exentas de IRPF y son incompatibles con la PECEF (cuidados familiares) y con algunos servicios; el régimen de compatibilidades exacto lo fija cada comunidad. Pide la tabla de compatibilidades antes de decidir.
- La PEVS depende de que no haya plaza pública: si te deniegan un servicio por falta de plaza, esa denegación es justo lo que abre la puerta a la prestación vinculada. Guarda toda la documentación. Y compara con el resto de ayudas de dependencia antes de firmar.
Fuente oficial
Verifica siempre la información y tramita la solicitud en el canal oficial: https://imserso.es/autonomia-personal-dependencia