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Prestación de asistencia personal (PEAP) y vinculada al servicio (PEVS)

Por · Publicado el 4 de julio de 2026

✅ Información contrastada con fuentes oficiales. Última revisión: 4 de julio de 2026.

Organismo
Comunidades Autónomas (SAAD) / IMSERSO
Territorio
Toda España
Cuantía
Máximos estatales PEAP/PEVS: 313,50 €/mes (grado I), 445,25 €/mes (grado II), 747,25 €/mes (grado III); hasta 9.859 €/mes en grado III+
Plazo
Abierto todo el año

Requisitos

  • Tener reconocida la situación de dependencia (grado I, II, III o III+) mediante valoración de la Comunidad Autónoma
  • Que el PIA (Programa Individual de Atención) determine la prestación
  • PEAP: contratar un asistente personal con alta en la Seguridad Social
  • PEVS: acreditar el gasto en un servicio privado cuando no hay plaza pública disponible

Qué es

Dentro de la Ley de Dependencia (Ley 39/2006) hay dos prestaciones económicas que suelen confundirse y conviene distinguir:

  • PEAP (asistencia personal): dinero para contratar un asistente personal que apoye a la persona en su vida diaria, estudios o trabajo, con el objetivo de ganar autonomía. El asistente debe estar dado de alta en la Seguridad Social.
  • PEVS (vinculada al servicio): dinero para pagar un servicio privado (residencia, centro de día, ayuda a domicilio) cuando la administración no puede ofrecer plaza pública.

Ambas las reconocen y pagan las Comunidades Autónomas tras la valoración de dependencia y el PIA. Si aún no habéis empezado ese proceso, aquí explicamos la etapa de dependencia paso a paso.

Cuantías

Máximos estatales vigentes en 2026 para PEAP y PEVS (RD 675/2023, sin revalorización general desde su entrada en vigor en agosto de 2023):

Grado de dependenciaMáximo mensual
Grado I313,50 €
Grado II445,25 €
Grado III747,25 €

El importe real depende de la capacidad económica del beneficiario (copago) y de la dedicación o intensidad del servicio; existen también cuantías mínimas fijadas por el mismo real decreto, y hay comunidades que pagan por encima del máximo estatal.

Novedad 2026: el Real Decreto-ley 17/2026, de 23 de junio, crea el grado III+ de “dependencia extrema” para situaciones de especial complejidad (por ejemplo, ELA), con cuantías máximas específicas para PEVS y PEAP de hasta 9.859 €/mes, ampliables hasta 14.788,50 € según la intensidad del PIA, y un nivel mínimo estatal de 4.930 €/mes.

Cómo se solicita

  1. Pide la valoración de dependencia en los servicios sociales de tu Comunidad Autónoma; el plazo está abierto todo el año.
  2. En la elaboración del PIA, plantea expresamente la PEAP o la PEVS: si no la pides, lo habitual es que te ofrezcan el catálogo de servicios estándar.
  3. Para la PEAP, formaliza el contrato del asistente personal (con alta en Seguridad Social); para la PEVS, guarda las facturas del servicio privado, porque se justifica el gasto.

Lo que nos hubiera gustado saber

  • La PEAP es la gran infrautilizada del sistema: para estudiantes y personas que trabajan puede ser la diferencia entre depender de la familia y tener vida propia. Si el equipo de valoración no la menciona, pídela tú por escrito en el trámite del PIA.
  • Estas prestaciones están exentas de IRPF y son incompatibles con la PECEF (cuidados familiares) y con algunos servicios; el régimen de compatibilidades exacto lo fija cada comunidad. Pide la tabla de compatibilidades antes de decidir.
  • La PEVS depende de que no haya plaza pública: si te deniegan un servicio por falta de plaza, esa denegación es justo lo que abre la puerta a la prestación vinculada. Guarda toda la documentación. Y compara con el resto de ayudas de dependencia antes de firmar.