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Beca NEAE 2026-2027 (la «beca de 400 €»): quién puede pedirla, cuánto da y cómo se solicita paso a paso

Por · Publicado el 5 de junio de 2025 · Actualizado el 12 de septiembre de 2026

✅ Información contrastada con fuentes oficiales. Última revisión: 1 de octubre de 2026.

Organismo
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Territorio
Toda España
Cuantía
Subsidio fijo de 400 € (sin requisito de renta) más componentes según renta: enseñanza (hasta 862 €), reeducación pedagógica y del lenguaje (hasta 913 € cada una, acumulables), comedor (hasta 574 €), transporte (hasta 617 €), residencia (hasta 1.795 €), libros (105-204 €). En el caso más favorable, hasta 6.179 €
Plazo
Convocatoria del curso 2026-2027 cerrada: solicitudes del 19 de mayo de 2026 a las 8:00 al 10 de septiembre de 2026 a las 15:00 (extracto en el BOE del 8 de mayo de 2026). Se convoca cada año. Comprobado el 1 de octubre de 2026. Orientativo: en 2026 abrió en mayo
Grado mínimo
25% de discapacidad reconocida

Requisitos

  • Estudiante no universitario: de Infantil a Bachillerato, FP (Básica, Grado Medio y Superior), enseñanzas artísticas profesionales y programas de transición a la vida adulta
  • Discapacidad reconocida igual o superior al 25 %, TEA, trastornos graves de conducta o de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales, o TDAH asociado a los anteriores
  • Altas capacidades intelectuales: solo para programas específicos y el subsidio de 400 €
  • Presentar la solicitud telemática en la sede electrónica del Ministerio dentro del plazo, firmada: una solicitud en estado «borrador» no se tramita
  • Cuenta bancaria española de la que el alumno sea titular o cotitular (o autorizar el abono al centro educativo)
  • Desde el curso 2026/27, las familias residentes en Cataluña a 31/12/2025 tramitan la ayuda equivalente con la Generalitat, no con el Ministerio

Es la ayuda al estudio que más dinero mueve en una familia con un hijo con discapacidad en edad escolar, y también la que más gente pierde por un detalle: dejarla en «borrador», poner una cuenta que no es del niño o enterarse en octubre de que cerraba en septiembre. Aquí está entera: qué es, quién entra, cuánto da, cómo la pedimos nosotros paso a paso y dónde se tropieza.

Estado a 12 de septiembre de 2026: la convocatoria del curso 2026-2027 cerró el 10 de septiembre. Si la presentaste, la resolución llegará previsiblemente en la primavera de 2027. Si no llegaste, la siguiente saldrá en mayo de 2027 y esta ficha se actualizará el día que se publique.

⚠️ Si vivís en Cataluña: desde el curso 2026/27, con domicilio familiar en Cataluña a 31 de diciembre de 2025, esta beca no se pide al Ministerio sino a la Generalitat. El trámite es otro y lo explicamos en la ficha de las ayudas NESE de Cataluña.

Las siglas, antes de nada

Nadie las explica y todas aparecen en los papeles del colegio:

  • NEAE (necesidad específica de apoyo educativo): la categoría grande de la ley educativa. Incluye discapacidad, TEA, TDAH, trastornos del lenguaje, altas capacidades, incorporación tardía o situación desfavorecida. Esta beca se llama así, pero no cubre toda la categoría.
  • NEE (necesidades educativas especiales): dentro de NEAE, las que vienen de una discapacidad o de un trastorno grave de conducta, de la comunicación o del lenguaje. Es lo que exige el dictamen de escolarización.
  • ACNEAE y ACNEE: «alumnado con» NEAE o NEE. Son las mismas siglas con el alumno delante; las verás en los informes y en las convocatorias autonómicas.

Para la beca del Ministerio, lo que cuenta es esto: discapacidad del 25 % o más, TEA, trastorno grave de conducta, trastorno grave de la comunicación y del lenguaje, TDAH asociado a alguno de los anteriores, o altas capacidades (estas solo para programas específicos y el subsidio de 400 €).

Cuánto da: los componentes, uno a uno

Se la conoce como «la beca de los 400 €» porque ese subsidio fijo lo cobra todo el alumnado NEAE que acredite la necesidad, sin mirar la renta. Pero el resto de componentes, que sí dependen de los ingresos, es donde está el dinero de verdad. Cuantías del curso 2026-2027, fijadas en el BOE del 8 de mayo de 2026:

ComponenteMáximo¿Depende de la renta?
Subsidio fijo (la «beca de 400 €»)400 €No
Reeducación pedagógica (apoyo psicopedagógico fuera del colegio)913 €Sí
Reeducación del lenguaje (logopedia)913 €Sí
Enseñanza (centro específico o aula concertada)862 €Sí
Comedor escolar574 €Sí
Transporte interurbano617 €Sí
Transporte urbano308 €Sí
Transporte de fin de semana (internos)442 €Sí
Residencia escolar1.795 €Sí
Libros y material (Primaria, ESO, FP Básica, transición a la vida adulta)105 €Sí
Libros y material (resto de postobligatoria)204 €Sí
Programas específicos para altas capacidades913 €Sí
Comedor y transporte para familias numerosasmismas cuantíasNo: basta el título

Sumando componentes, el caso más favorable llega a 6.179 €. Y dos detalles que valen dinero:

  • Logopedia y pedagogía se pueden cobrar a la vez: hasta 913 € cada una. Son las dos que más buscan las familias con TEA, TEL o TDAH, y hay que pedirlas en el anexo del colegio, con el informe del profesional que las presta.
  • Con dos hijos y uno con discapacidad ya sois familia numerosa, y eso os da el comedor y el transporte sin mirar la renta.

Es incompatible con la beca general para estudios postobligatorios: en bachillerato o FP hay que elegir.

Quién se registra y quién firma

Es el punto que más solicitudes tumba, así que despacio:

  • Se registra el alumno en la sede electrónica. Solo si es menor de 14 años y no tiene DNI, se registra el padre, la madre o el tutor.
  • Firma el padre, la madre o el tutor si el alumno es menor de 18 años, con su DNI o NIE y el IDESP/IXESP, el número de soporte del reverso del documento.
  • Todos los miembros de la familia que convivían en el domicilio a 31 de diciembre de 2025 tienen que autorizar al Ministerio a consultar sus datos a Hacienda y la Seguridad Social. Si el Ministerio del Interior no puede verificar el DNI de alguno, hay que firmar a mano el casillero del justificante y entregarlo en la unidad de becas. Sin esa firma, no se tramita.

Qué tener a mano antes de empezar

  • DNI o NIE de todos los que viven en casa: alumno, progenitores y hermanos.
  • El IDESP/IXESP de quien firma.
  • Una cuenta bancaria española (IBAN ES) de la que el alumno sea titular o cotitular. Si no la tiene, se puede autorizar el pago al centro educativo, con su CIF, su cuenta y el nombre de la dirección.
  • Certificado de familia numerosa, si lo tenéis.
  • Los datos del certificado de discapacidad: porcentaje, fecha del primer dictamen y comunidad que lo expide. Si aún no lo tenéis, cómo se pide.

Los certificados, informes psicopedagógicos y dictámenes no se suben al formulario: los pide la unidad de becas directamente o los entrega el colegio. Nosotros los llevamos al centro con el justificante, porque nos los pidieron ellos.

Cómo se solicita, paso a paso (así lo hicimos nosotros)

Es 100 % telemática y se hace desde la ficha del procedimiento del Ministerio (enlace en las fuentes de arriba), pulsando «Acceso a la tramitación en sede electrónica».

  1. Entrar con Cl@ve, certificado electrónico o DNIe, o con usuario y contraseña de la sede. Si no tenéis ninguno, en clave.gob.es se saca en unos minutos.
  2. Leer los dos avisos de la sede: la sesión se cierra a los 5 minutos sin actividad, y lo que no esté guardado se pierde. Pulsad «Guardar» al acabar cada bloque.
  3. Primera pantalla: fecha de nacimiento del alumno y quién presenta el documento de identidad (en nuestro caso el padre, porque es menor). Activar «Autorizo a las administraciones educativas a obtener…» y el casillero de «Declara».
  4. Cómo cobrar: elegir la cuenta del alumno o la del centro. Es obligatorio marcar una.
  5. Datos del firmante: tipo de documento, número y el número de soporte del reverso.
  6. Reconocimiento de la discapacidad: porcentaje, si es permanente, fecha del dictamen inicial y comunidad.
  7. Datos del alumno, domicilio y cuenta bancaria.
  8. Datos económicos: «No» si no declaráis en Navarra ni en el País Vasco.
  9. Datos académicos: el colegio (se busca por nombre con la lupa), y en «Curso» el que viene, 2026/2027, no el actual.
  10. Miembros de la unidad familiar a 31 de diciembre de 2025: todos los que conviven, con parentesco y DNI. Los hermanos entran aquí.
  11. Situaciones que se declaran: familia numerosa, discapacidad de otros miembros, etc.
  12. «Firmar y presentar la solicitud» en la última pantalla, y descargar el justificante en PDF. Comprobad en «Mis expedientes» que el estado es «Presentada». Si pone «borrador», no está presentada.

Después, el colegio os dará el anexo para marcar los componentes que pedís (comedor, transporte, reeducación pedagógica, del lenguaje…). Llevadle el justificante y la documentación de apoyo. El teléfono de ayuda del Ministerio es el 910 837 937.

Los errores que la hacen perder

  • Dejarla en «borrador». Es el fallo más habitual: rellenarla entera y no firmar.
  • Cuenta solo a nombre del padre o de la madre. Tiene que ser del alumno, titular o cotitular, en una entidad española.
  • Cancelar la cuenta antes de cobrar. La transferencia llega meses después.
  • No autorizar la consulta de datos fiscales. Sin ella, la unidad de becas no puede comprobar la renta y deniega.
  • Poner como correo el de un gabinete o un tercero. Las notificaciones van ahí y se pierden.
  • Intentar cambiar el correo o el teléfono desde el formulario. No se puede: hay que corregirlos en la sede y presentar una solicitud nueva.
  • Esperar al último día. El 10 de septiembre la sede se satura y no hay margen para incidencias.
  • Confundir «presentada» con «concedida». La resolución tarda meses.

Después de presentarla

  • Seguimiento en la sede: «Mis expedientes» y «Mis notificaciones». Las notificaciones son electrónicas y el correo que pusisteis avisa cuando hay una nueva.
  • Resolución: el BOE no fija fecha. La del curso 2025-2026 se resolvió en mayo de 2026, unos ocho meses después del cierre; para 2026-2027, contad con la primavera de 2027.
  • Pago por transferencia a la cuenta del alumno o del centro.
  • Recursos: contra la resolución cabe reposición en un mes o contencioso-administrativo en dos.

Si vivís en Cataluña, el País Vasco o queréis más ayudas

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