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Cómo constituimos el patrimonio protegido de nuestro hijo sin gestoría (y el truco que nos ahorró una visita al notario)

Por · Publicado el 5 de julio de 2026

✅ Información contrastada con fuentes oficiales. Última revisión: 5 de julio de 2026.

Una mañana de 2024 salimos de una notaría con dos escrituras firmadas y la sensación de haber hecho algo importante por el futuro de nuestro hijo. Lo que no sabíamos al entrar es que esa doble firma en una sola cita nos iba a ahorrar un segundo viaje al notario — y una segunda factura. Te cuento el truco más abajo, porque nadie nos lo advirtió y es de esas cosas que se agradecen de verdad.

Este artículo es la continuación práctica de la ficha del patrimonio protegido: allí tienes qué es, los límites y las diferencias por comunidad. Aquí te contamos cómo lo hicimos nosotros, paso a paso, sin gestoría. Solo necesitas un notario, algo de orden con el papeleo y esta guía.

Nuestro caso, para que sitúes las cifras: familia de la Comunidad de Madrid, hijo con un 65% de discapacidad reconocida, y una aportación de 10.000 € de cada progenitor (20.000 € en total, justo dentro de los límites que desgravan al 100%).

Paso 1: abrir una cuenta bancaria a nombre de tu hijo

Antes de pisar la notaría, abrimos una cuenta corriente a nombre de nuestro hijo. Esa cuenta es el corazón del patrimonio protegido: ahí entra el dinero que se aporta y de ahí sale todo lo que se gasta en él.

¿Por qué antes de la escritura? Porque el número de cuenta figura en el inventario de la escritura, y porque tener una cuenta separada te da lo que Hacienda más valora: trazabilidad. Cada pago del colegio o de la logopedia sale de esa cuenta con su concepto claro, y cualquier comprobación futura se responde con un extracto bancario.

Paso 2: el notario — y el truco de la doble escritura en una sola cita

Aquí está el ahorro prometido. El patrimonio protegido necesita dos actos notariales distintos: la escritura de constitución (crea la “hucha” y nombra administradores) y la escritura de aportaciones (mete el dinero dentro). Si vas un día a constituir y otro día a aportar, pagas dos citas con sus aranceles.

Nosotros lo hicimos todo el mismo día: llevamos la cuenta ya abierta, hicimos las transferencias de 10.000 € de cada uno, y en una sola cita el notario formalizó la constitución y las aportaciones. Una visita, una factura.

Dos consejos antes de pedir cita:

  1. Llama antes y pregunta si conocen el patrimonio protegido de la Ley 41/2003. No todas las notarías lo trabajan a diario. Pregunta directamente: “¿podéis hacer la constitución y las aportaciones en el mismo acto?”. Si dudan, busca otra notaría: es tu dinero y tu tiempo.
  2. Puedes firmar ante cualquier notario de España. Nosotros firmamos ante un notario de Extremadura viviendo en Madrid, y es perfectamente válido. Eso sí: los impuestos se presentan siempre donde reside tu hijo, no donde firmas.

¿Cuánto cuesta? Los honorarios van por arancel oficial; en nuestro caso, unos cientos de euros por esa cita única. Pídele presupuesto a la notaría al llamar.

Un apunte de calendario que nos dio un asesor y tiene toda la lógica: si constituyes el primer año, hazlo con las aportaciones ya decididas — las aportaciones solo pueden ser del mismo día de la constitución en adelante, nunca anteriores. Y los años siguientes basta una escritura de manifestación de aportaciones: nuestra recomendación es aportar una vez al año, que genera mucha menos confusión que ir mes a mes.

El notario, por su parte, comunica la constitución y cada aportación al fiscal del domicilio de tu hijo. Es obligación suya, no tuya, pero no cuesta nada confirmar en la cita que lo hacen.

Paso 3: el modelo 600 — sale a cero, pero hay que presentarlo

Este es el trámite que casi nadie te cuenta y que en Madrid (y en el resto de comunidades) es obligatorio. Las aportaciones al patrimonio protegido están exentas del Impuesto de Transmisiones (lo dice el artículo 45.I.B.21 de su ley). ¿Entonces por qué presentar nada? Porque exento no significa invisible: la ley obliga a presentar la autoliquidación aunque la cuota sea 0 €, para que quede constancia de la exención.

Cómo lo hicimos en la Comunidad de Madrid:

  • Modelo 600, marcando la exención de aportaciones a patrimonios protegidos (art. 45.I.B.21). Cuota: 0 €.
  • Plazo: 30 días hábiles desde la fecha de la escritura (sin contar sábados, domingos ni festivos). No lo dejes para el final.
  • Por internet en la Oficina Virtual Tributaria de la Comunidad de Madrid con certificado digital o Cl@ve. Y si prefieres que te lo hagan: pide cita en sus oficinas y te lo tramitan gratis.
  • Ten a mano copia de la escritura, el certificado de discapacidad y los DNI.

¿Y el modelo 651, el del impuesto de donaciones? No se presenta. Es el error más repetido, incluso entre asesores: las aportaciones dentro de los límites (10.000 € por aportante, 24.250 € en conjunto) no es que estén exentas de donaciones — es que están no sujetas, el impuesto ni siquiera nace, y lo que no nace no se autoliquida. Si alguien te insiste en presentarlo “aunque salga a cero”, enséñale la disposición adicional 18ª de la Ley del IRPF.

Paso 4: el modelo 182, cada enero

Del 1 al 31 de enero del año siguiente a las aportaciones toca la declaración informativa, el modelo 182, en la sede de la Agencia Tributaria. Es lo que hace que las reducciones aparezcan luego solas en el borrador de la Renta.

  • Lo presenta el titular del patrimonio o su administrador (nosotros, como padres).
  • Clave C: una línea por cada aportante con su importe (en nuestro caso, dos líneas de 10.000 €).
  • Clave E: el dinero gastado en las necesidades de tu hijo durante el año (colegio, terapias…), a nombre del beneficiario. Se van metiendo los gastos uno a uno; es entretenido, no difícil.
  • La primera vez se adjunta copia simple de la escritura de constitución. Los años siguientes, ya no.

¿Se puede hacer sin gestoría? Sí. El formulario web de la AEAT es asumible para cualquiera que haya hecho una renta con Renta Web, y si solo declaras aportaciones se rellena en un cuarto de hora.

Paso 5: la Renta — donde todo esto se convierte en dinero

En la campaña de la renta, cada progenitor aplica su reducción de hasta 10.000 € en la base imponible. Con el 182 presentado en enero, a nosotros nos apareció ya reflejado en los datos fiscales.

Un detalle que vale dinero y que depende de vuestra situación:

  • Casados en gananciales: si el dinero sale de la cuenta común, Hacienda entiende que aportáis al 50% cada uno, figure lo que figure en la escritura (lo confirma la Dirección General de Tributos, consulta V1774-19). Cada mitad juega contra el límite de 10.000 € de cada cónyuge, así que una aportación ganancial de 20.000 € aprovecha los dos límites completos.
  • Casados en separación de bienes: cada uno aporta de su propio dinero y desgrava lo suyo. Conviene que cada aportación salga de la cuenta de quien la hace y quede identificada por separado en la escritura.
  • Divorciados o parejas no casadas: los dos progenitores pueden seguir aportando, cada uno con su límite de 10.000 €, sin necesidad de ponerse de acuerdo en nada más que el bien del hijo. Cada uno declara su propia aportación.

¿Cuánto te devuelve a ti? Depende de tu base imponible y de cuánto aportes. Hicimos una calculadora orientativa del patrimonio protegido para que lo estimes en un minuto — sin registro y sin que guardemos ningún dato.

Lo que se repite cada año (nuestro calendario)

CuándoQué
Durante el añoPagar colegio, terapias, comedor… desde la cuenta del patrimonio, guardando facturas y justificantes
Diciembre (o cuando decidáis)Escritura anual de manifestación de aportaciones ante notario
1-31 de eneroModelo 182 (AEAT)
Tras cada nueva escrituraModelo 600 autonómico, dentro de sus 30 días hábiles
Una vez al añoRendición de cuentas al fiscal: un escrito con la gestión del año, inventario y justificantes
Abril-junioRenta: cada aportante aplica su reducción

Los tres avisos serios antes de lanzarte

1. Gastar en tu hijo no es “disponer”. Quizá hayas leído que el dinero “no se puede tocar” durante el año de la aportación y los cuatro siguientes. La regla existe, pero gastar en sus necesidades vitales — colegio, logopedia, comedor, transporte, terapias — es exactamente para lo que existe la figura y no incumple nada (artículo 5.2 de la Ley 41/2003 y varias consultas de la DGT). Lo que sí obliga a devolver las reducciones con intereses es usar el dinero para otra cosa: el coche de los padres, por ejemplo.

2. Guárdalo todo. Facturas a nombre de tu hijo cuando se pueda, justificantes bancarios de cada pago desde la cuenta del patrimonio e informes de los profesionales que justifiquen cada terapia. Nadie te los pide de entrada; te los pueden pedir después.

3. Ojo si tu hijo tiene otras rentas. Si la persona con discapacidad ya cobra rentas que le obligan a declarar, consulta antes de constituir: puede que el conjunto no compense. Y atención al efecto colateral menos conocido: si el hijo obtiene más de 8.000 € de rentas no exentas — o presenta declaración con más de 1.800 € —, los padres pierden el mínimo por descendiente. Las aportaciones dentro del límite exento no computan para ese tope, pero otras rentas sí. En caso de duda, una cita en Hacienda es gratis.

En resumen: sí se puede sin gestoría

Cuenta bancaria, una buena notaría (llamando antes y juntando constitución y aportaciones en una sola cita), el 600 a cero en plazo, el 182 cada enero y orden con las facturas. Eso es todo lo que hemos necesitado. La parte difícil no es el papeleo: es enterarte de que esta figura existe y de que la Renta te devuelve una parte de lo que ya gastas en tu hijo.

Si estás empezando desde más atrás — sin certificado de discapacidad todavía —, tu primer paso es otro: la guía del certificado. Y si este artículo le sirve a otra familia, compártelo: esta figura sigue siendo una gran desconocida precisamente porque nadie la cuenta desde dentro.

Este artículo cuenta nuestra experiencia real y tiene finalidad informativa: no es asesoramiento fiscal ni jurídico. Contrasta tu caso en la fuente oficial de cada trámite (enlazadas arriba), con tu notaría o pidiendo cita en la Agencia Tributaria.