Saltar al contenido principal

Farmacia gratuita para menores con discapacidad: sin copago en los medicamentos con receta si tu hijo tiene un 33 % o más

Por · Publicado el 14 de septiembre de 2026

✅ Información contrastada con fuentes oficiales. Última revisión: 14 de septiembre de 2026.

Organismo
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
Territorio
Toda España
Cuantía
Aportación cero: no se paga nada por los medicamentos y productos sanitarios financiados que se dispensan en la farmacia con receta oficial del sistema público, ni por las fórmulas magistrales y vacunas individualizadas. Sin límite de ingresos de la familia
Plazo
Abierto todo el año
Grado mínimo
33% de discapacidad reconocida

Requisitos

  • Ser menor de 18 años
  • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 % (artículo 102.8.g de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos, en vigor desde el 1 de enero de 2021)
  • La solicitud la presenta el padre, la madre, el tutor, el acogedor o el guardador del menor, si no tiene ya la farmacia gratuita reconocida
  • No depende de los ingresos de la familia

Si tu hijo tiene menos de 18 años y un 33 % de discapacidad o más, no tiene que pagar nada en la farmacia por los medicamentos que le receta la sanidad pública. Da igual lo que ganéis en casa. Parece un detalle, pero con un tratamiento crónico son muchos euros al año, y muchas familias lo siguen pagando sin saber que no deberían.

Es la exención de la aportación farmacéutica, lo que todo el mundo llama copago. La ley la recoge desde el 1 de enero de 2021. La reforma del copago de mayo de 2026 no la ha tocado: sigue igual.

Qué cubre

  • Los medicamentos y productos sanitarios financiados que te dan en la farmacia con receta oficial del sistema público de salud.
  • Las fórmulas magistrales y las vacunas individualizadas con receta.

Lo que no cubre: lo que compras sin receta o no está financiado por la sanidad pública, y lo que se receta en la sanidad privada. Lo que te dan en la farmacia del hospital no lleva copago para nadie, así que no cambia.

¿Se aplica sola o hay que pedirla?

Lo primero es mirar si ya la tenéis. La próxima vez que compréis un medicamento con receta de vuestro hijo, fijaos en si pagáis algo. Si os cobran, no la tenéis aplicada y hay que pedirla.

La solicitud es un trámite del INSS, pensado precisamente para el menor que «no tiene farmacia gratuita reconocida». Las fuentes oficiales no aclaran si el INSS la aplica de oficio con el certificado de discapacidad: por eso lo seguro es comprobarlo en la farmacia.

Cómo se pide, paso a paso

  1. Ten a mano los documentos:
    • Tu DNI o NIE.
    • El DNI de tu hijo si tiene más de 14 años, o su NIE o pasaporte si es extranjero.
    • El certificado de discapacidad con un grado del 33 % o más.
    • El libro de familia o el certificado de nacimiento. Si eres tutor, acogedor o guardador, el documento que lo acredite.
  2. Preséntala por una de estas vías:
    • Online, en el Portal de Prestaciones de la Seguridad Social. Pulsa «Comenzar solicitud». Puedes entrar con o sin certificado digital. La propia web calcula unos 16 minutos. Por internet no hace falta firmar el formulario.
    • En papel, con el formulario C-148. Llévalo a un centro de atención e información de la Seguridad Social (CAISS) con cita previa, en el 901 10 65 70 o el 91 541 25 30, o envíalo por correo a la dirección provincial del INSS.
  3. Espera la respuesta. El INSS tiene 30 días para resolver. Si te piden algún documento más, tienes 10 días para enviarlo. Si pasan los 30 días sin respuesta, se entiende denegada y puedes presentar una reclamación previa. El estado de la solicitud se consulta en el mismo portal.
  4. Comprueba en la farmacia que ya no os cobran. El nivel de copago de cada persona lo comunica el Ministerio de Sanidad a tu servicio de salud para que conste en la tarjeta sanitaria. En la clasificación oficial de Sanidad, «TSI 001» significa farmacia gratuita.

Lo que nos hubiera gustado saber

  • Necesitas el grado reconocido, no en trámite. La ley habla de un grado «reconocido» y el formulario pide el certificado. Si todavía estáis esperando la valoración, pedidla en cuanto llegue la resolución. Cuánto tarda el certificado y qué hacer si se retrasa.
  • Si ya habíais pagado antes, las fuentes oficiales no dicen si se devuelve lo pagado antes de tenerla reconocida. Si es mucho dinero, pregúntalo al INSS al presentar la solicitud y en tu servicio de salud.
  • A los 18 años se acaba. Esta exención es solo para menores. Después, un adulto con discapacidad solo deja de pagar si entra en otro de los casos que exime la ley, cada uno con sus requisitos: cobrar una pensión no contributiva o el ingreso mínimo vital, por ejemplo. Conviene tenerlo previsto antes del cumpleaños.
  • No es lo único que la sanidad pública cubre sin coste. Desde marzo de 2026, los menores con el 33 % tampoco pagan aportación por sillas de ruedas y ortesis. Lo explicamos, con la rehabilitación y el transporte sanitario, en qué cubre la sanidad pública cuando tu hijo tiene discapacidad.
  • Esta es una de las primeras cosas que conviene pedir cuando llega el certificado. Tienes el resto en qué ayudas te corresponden según el grado de discapacidad.

Publicidad